procedimientos del NEPA Y CEQA
El Proceso para los Permisos SCAQMD
emisiones aéreas contaminantes
emisiones contaminantes del proyecto
reduciendo las emisiones del proyecto
midiendo y monitoreando las emisiones en el berth 408
contrarrestando las emisiones contaminantes producidas por el proyecto Pier 400
sistema alternativo de energía marina
consideraciones ambientales adicionales

El Proceso para los Permisos SCAQMD

Las instalaciones del Pier 400 – Berth 408 serán las más limpias instalaciones para la descarga de petróleo crudo en el sur de California y en el mundo. Los procesos EIR establecidos por el CEQA/NEPA requieren que las emisiones sean reducidas lo máximo posible.

Los terminales para la recepción de un gran volumen de líquidos, como la instalación propuesta para la descarga de petróleo crudo en el Berth 408, están sujetos a muchas de las nuevas y estrictas regulaciones del Distrito para la Administración de la Calidad del Aire en la Costa Sur (South Coast Air Quality Management District) (SCAQMD) que aplican también a fuentes estacionarias como plantas de energía y refinerías. Debido a que las tuberías de los buques deben ser conectadas a ciertas instalaciones costeras tales como brazos para el desembarque, tuberías, válvulas, bombas y tanques que cuenten con los permisos requeridos por el SCAQMD, todas las emisiones que emite el buque mientras se encuentra en el borneadero (además de todas las emisiones que no provengan de la propulsión pero que ocurran mientras el buque se encuentra en operación) son requeridas por el SCAQMD a estar totalmente “contrarrestadas.” Este estricto requisito es completamente opuesto a los requerimientos que poseen los buques cuando se encuentran transitando y buscando alojamiento en la zona portuaria. Las autoridades del SCAQMD no afectan a los buques, ya que estos no requieren de un permiso cotero para su equipamiento y no se encuentran bajo las regulaciones del SCAQMD.

Créditos para la Reducción de las Emisiones Para poder recibir los permisos del SCAQMD, las emisiones deben ser contrarrestadas. El proceso conocido como Créditos para la Reducción de las Emisiones (Emisión Reduction Credits (ERC) debe ser proporcionado al SCAQMD en suficientes cantidades como para contrarrestar un 120 por ciento de todas las emisiones acumuladas tanto por las fuentes estacionarias del proyecto como por las emisiones de los buques cuando se encuentran en el borneadero. Los créditos ERC son obtenidos con las reducciones que se obtengan de las emisiones ocasionadas por otras fuentes dentro de la misma región geográfica de la cuenca atmosférica de la costa sur.

Como el borneadero Berth 408 se encuentra ubicado en la cuenca atmosférica de la costa sur, este requiere la producción de créditos ERC. Los créditos ERC representan las reducciones en las emisiones que han sido revisadas y certificadas por el SCAQMD. Sólo los créditos certificados ERC pueden ser utilizados para contrarrestar las emisiones producidas. El proceso para la obtención de los créditos ERC es muy difícil debido a los requisitos que cualquier reducción debe cumplir. Para ello, esta reducción en las emisiones debe ser catalogada como verdadera, debe exceder los requisitos y aplicar antes de que el SCAQMD tramite el crédito ERC. Para exceder los requisitos (lo que quiere decir que la reducción no puede ser requerida por ninguna regla o regulación), la reducción en las emisiones debe ser ajustada por debajo de los niveles que las emisiones hubiesen tenido si la fuente hubiese sido primero aplicada al más reciente y severo control de tecnología disponible. De esta manera, SCAQMD comprueba que las reducciones en las emisiones son válidas y han sido retiradas de la atmósfera. Al requerir contrarrestar las emisiones en un 120 por ciento, el SCAQMD asegura un 20 por ciento adicional en la reducción de emisiones atmosféricas cuando el crédito ERC vaya a ser empleado por un nuevo proyecto.

El Proyecto Berth 408 ha requerido numerosas créditos dentro de la zona costera para los siguientes contaminantes:

  • Oxido de Nitrógeno
  • Oxido de Sulfuro
  • Partículas que poseen menos de 10 micrones
  • Monóxido de Carbono
  • Gases reactivos orgánicos (ROG) (un precursor del ozono)

El empleo de estos créditos ERCs para contrarrestar un 120 por ciento de la fuente estacionaria causante de las emisiones (incluyendo la porción que causan los buques al encontrarse en el borneadero) da como resultado la total eliminación del impacto que estas emisiones causan en la cuenca atmosférica de la costa sur. Las instalaciones en el Berth 408 más adelante requerirán funcionar bajo un detallado Permiso de Operación dado por el SCAQMD, el cual establecerá un límite en las emisiones que cada contaminante puede producir. Este permiso requerirá el monitoreo, la recopilación de datos y la realización de reportes al SCAQMD para asegurar que Pacific L.A. Marine Terminal LCC se encuentra operando los permisos dentro de los límites planeados dentro de cada instalación. Pacific deberá periódicamente preparar su propio reporte acerca de las emisiones actuales en comparación con las emisiones permitidas por el límite establecido. SCAQMD contará con la autoridad de abordar cualquier buque para verificar el acatamiento de dicho límite.

             

 

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